A partir de la fecha, se autoriza el reinicio de espectáculos musicales, de artes escénicas, cinematográficos y actividades culturales al aire libre.
Para realizar las actividades rige el Protocolo oficial para habilitación de espectáculos y actividades culturales al aire libre, aprobado por las autoridades sanitarias y válido únicamente para predios vallados, con áreas de ingreso debidamente delimitadas.
En el protocolo se establecen medidas sanitarias específicas para retomar las actividades en estos sectores así como la capacitación del personal de las instituciones en el conocimiento de los protocolos.
La reapertura de las locaciones sigue las disposiciones generales que constan en los documentos formulados por Presidencia de la República y el Ministerio de Salud Pública, con las recomendaciones vigentes para espectáculos públicos.
El objetivo de estos protocolos es seguir disfrutando de la cultura y, al mismo tiempo, cuidar a trabajadores y espectadores. En ese sentido, la continuidad o interrupción de los servicios quedará sujeta a la evaluación que realicen las autoridades de la evolución de la curva de contagio de la pandemia.
Por mayor información sobre pautas y criterios sanitarios, de limpieza y desinfección y algoritmo de manejo de casos, se puede consultar los Anexos del Documento con Criterios Sanitarios disponible en: https://medios.presidencia.gub.uy/tav_portal/2020/noticias/AG_223/manua…
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Fuente: https://www.gub.uy/ministerio-educacion-cultura/comunicacion/noticias/protocolo-oficial-para-habilitacion-espectaculos-actividades-culturales-aire