COOPARTE fue fundada el 6 de setiembre de 2011 en la Casa del Autor de AGADU.
La Cooperativa de las Artes del Uruguay esta integrada por músicos, artistas y trabajadores de la cultura y las artes.
Antes de llenar el formulario de solicitud de ingreso le pedimos que lea el Estatuto Social y en especial el objeto, los derechos y las obligaciones que de él emergen. El mismo se encuentra en esta misma web www.cooparte.uy
Integrarse a una Cooperativa es asociarse a una empresa con todas las responsabilidades legales y fiscales que ello implica.
Artículo 3º – OBJETO.
El objeto de la Cooperativa será:
- Fomentar la creación, interpretación y difusión de nuestra cultura en todas sus facetas, a través de todos los medios posibles de expresión.
- Facilitar a nuestros asociados los medios para lograr una gestión eficaz que cumpla con la normativa vigente, en especial lo referente a la Ley 18.384 – Estatuto del Artista y Oficios Conexos.
- Promover y difundir el ideario, valores y principios del cooperativismo y la solidaridad de nuestra gente a través de la cultura y las expresiones artísticas.
Artículo 4º – FINES Y PRINCIPIOS. La Cooperativa no persigue fines de lucro y funcionará de acuerdo con los principios de igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros, libre adhesión y neutralidad política, religiosa y racial.
Artículo 6º – REQUISITOS DE INGRESO.
Podrán ser socios todas las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser legalmente capaces. Los menores podrán ingresar a la Cooperativa y operar con ella con autorización de sus representantes legales y de las instituciones correspondientes.
- Estar inscriptos en el Registro Nacional de Artistas y Actividades Conexas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
- Gozar de solvencia moral, pudiendo el Consejo Directivo, con carácter previo a la aceptación, recabar la información necesaria para acreditarla plenamente.
- No tener intereses contrarios a la Cooperativa.
- Integrar las partes sociales correspondientes.
Artículo 7º – ACEPTACIÓN DEL INGRESO.
La solicitud de ingreso deberá ser aprobada por el Consejo Directivo. Asimismo podrán aprobar los ingresos un integrante del Consejo Directivo o aquellos funcionarios que este cuerpo haya expresamente autorizado al efecto, sujetos a la aprobación definitiva del ingreso por el Consejo Directivo.
Tenga en cuenta además que Cooparte y Agremyarte son dos instituciones y formas jurídicas diferentes.
Cooparte no es Agremyarte y Agremyarte no es Cooparte.
Pero tenemos un convenio de reciprocidad por lo cual los asociados que trabajen en el sector de la música, pueden usar los servicios de la otra con los mismos derechos, exclusivamente para documentar y/o facturar actuaciones o eventos musicales.
Para cualquier información sobre Agremyarte la web es www.musicos.uy
Al facturar por Agremyarte no es posible aportar al BPS, las Asociaciones no pueden aportar por sus asociados, pero eso no exime al socio de cumplir con los aportes obligatorios como cualquier trabajador.
La responsabilidad de aportar al BPS es exclusiva del asociado que documenta su trabajo con una factura de Agremyarte.
Al enviar el formulario que está debajo declara conocer y aceptar el Estatuto Social de Cooparte Cooperativa de las Artes del Uruguay.
Antes de ingresar al link de la FICHA de ASOCIACIÓN,
tenga foto de la CI de ambos lados,
un Currículum profesional
y el Registro del Artista y Oficios Conexos del MTSS
pronta para adjuntar,
de su actividad artística u Oficio Conexos, con datos de formación, estudios o capacitación, experiencia demostrable en el rubro cultural, artístico o de espectáculos, y referencias profesionales.
Para asociarse es requisito tener el REGISTRO DE ARTISTAS Y OFICIOS CONEXOS DEL MTSS
Info sobre el Registro: https://cooparte.uy/estatuto-del-artista-y-los-oficios-conexos/
Instructivo para gestionarlo: https://cooparte.uy/registro-de-artistas-y-oficios-conexos-mtss/